Es necesario tramitar tu CSD y poder continuar emitiendo y timbrando CFDI. Tramítalo a la brevedad ante el SAT.
Esta regla entra en vigor al día siguiente de su publicación: 4 de marzo de 2015, de acuerdo con el transitorio Primero de la Primera Modificación a la RMF 2015. El SAT lo dio a conocer en la Regla 2.2.7 de la Primera Modificación a la RMF 2015, publicada el 3 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Contafiscancun:
Nextel (998) 294 1438 ID 42*13*11586
Sin previo aviso, tal y como suelen hacerlo nuestras autoridades... el SAT determinó que aquellas persona físicas que hacían uso del beneficio de timbrar sus comprobantes fiscales utilizando solo su FIEL ya no podrán hacerlo a partir del 4 de Marzo de 2015.
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