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martes, 10 de enero de 2017

¿Qué es la UMA?

La Unidad de medida y actualización conocida también por sus siglas como UMA nace como medida de desindexación del salario mínimo.

La primera propuesta se encuentra en el diario oficial de la federación el 28 de enero de 2016 y publican lo siguiente:
  • Con fundamento en el artículo 26 apartado B último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, y 23 fracción XX Bis del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, corresponde al Instituto calcular el valor de la Unidad de Medida y Actualización y publicar el mismo en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se da a conocer lo siguiente:El valor inicial diario de la Unidad de Medida y Actualización, será equivalente al que tenga el salario mínimo general vigente diario para todo el país.
El INEGI también presenta una definición para la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a la cual describe como la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores. (INEGI, 2017)

Importante es ahora conocer el valor que tiene este unidad para poder hacer correctamente los cálculos de las obligaciones relacionadas con los procesos de administración de empleados dentro de las empresas.
Para iniciar se debe conocer cómo determinar el valor de la UMA. En el artículo 4, de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2016 se explica que el valor actualizado de la UMA se calculará y determinará anualmente por el INEGI, de conformidad con el siguiente método:
  1. El valor diario se determinará multiplicando el valor diario de la UMA del año inmediato anterior por el resultado de la suma de uno más la variación interanual del índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre del año inmediato anterior.
  2. El valor mensual será el producto de multiplicar el valor diario de la UMA por 30.4.
  3. El valor anual será el producto de multiplicar el valor mensual de la UMA por 12.
Para el año 2016, los valores publicados fueron:
AñoDiarioMensualAnual
2016$ 73.04$ 2,220.42$ 26,645.04
El valor diario se publicará en enero de cada año por el INEGI, según el artículo 5 de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2016, el cual dice: "El INEGI publicará en el Diario Oficial de la Federación dentro de los primeros diez días del mes de enero de cada año y entrará en vigor dichos valores el 1o. de febrero de dicho año.
Para el año 2017, los valores a utilizar son:
AñoDiarioMensualAnual
    
2017$75.49$2,294.90$27,538.80
El impacto en los créditos INFONAVIT, se puede entender en el siguiente link para descargar de CONTAFISCANCUN del portal
Hasta el momento el IMSS no ha determinado una postura en el uso de la UMA, por lo que se siguen considerando las veces salario mínimo para el cálculo de las cuotas.



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