Contacto en Cancún

Movil 9982 414924
Email: contafiscancunmx@gmail.com Facebook/contafiscancunmx

Indicadores

lunes, 26 de diciembre de 2016

Cancelar un CFDI solo a través de Buzón Tributario

A partir de 2017 los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet se cancelarán a través del Buzón Tributario, el emisor deberá de solicitar al receptor la aprobación o rechazo de la cancelación de su Factura Electrónica.
Si el receptor no contesta en 72 horas, se considerará como un CFDI cancelado sin aceptación de receptor.
App MiContador Sureste

Uso del Buzón Tributario para Cancelar las Facturas Electrónicas

A continuación, dejamos la regla que establece el procedimiento con el cual se podrá solicitar la autorización de la cancelación de un Comprobantes Fiscales Digitales por Internet al receptor:
Aceptación del receptor para la cancelación del CFDI
2.7.1.38. Para los efectos de los artículos 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF y Sexto, fracción I de las Disposiciones Transitorias del CFF, previsto en el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos” publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2016, cuando el emisor de un CFDI requiera cancelarlo, enviará al receptor del mismo una solicitud de cancelación a través de buzón tributario.
El receptor del comprobante fiscal deberá manifestar a través del mismo medio, a más tardar dentro de las 72 horas siguientes contadas a partir de la recepción de la solicitud de cancelación de CFDI, la aceptación o negación de la cancelación del CFDI.
El SAT considerará que el receptor acepta la cancelación del CFDI si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, no realiza manifestación alguna.
Para ejercer el derecho a la aceptación o negativa de la cancelación del CFDI, se tendrá que contar con buzón tributario.
CFF 29-A, Disposiciones Transitorias Sexto

Qué pasa si el receptor no contesta

En un inicio los receptores que se les envíe la solicitud de cancelación no contestaran a las 72 horas o simplemente no contestan. Para ello se creó la regla 2.7.1.39 en la recién publicada Resolución Miscelánea Fiscal 2017:
Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
2.7.1.39. Para los efectos de los artículos 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF y Sexto, fracción I de las Disposiciones Transitorias del CFF, previsto en el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos”, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2016, los contribuyentes podrán cancelar un CFDI sin que se requiera la aceptación del receptor en los siguientes supuestos:
a) Que amparen ingresos por un monto de hasta $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N).
b) Por concepto de nómina.
c) Por concepto de egresos.
d) Por concepto de traslado.
e) Por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del RIF.
f) Emitidos a través de la herramienta electrónica de “Mis cuentas” en el aplicativo “Factura fácil”.
g) Que amparen retenciones e información de pagos.
h) Expedidos en operaciones realizadas con el público en general de conformidad con la regla 2.7.1.24.
i) Emitidos a residentes en el extranjero para efectos fiscales conforme a la regla 2.7.1.26.
j) Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas siguientes a su expedición.
CFF 29, 29-A, Disposiciones Transitorias Sexto, RMF 2017 2.7.1.24., 2.7.1.26.

Prórroga para la Cancelación de CFDI

Cuando se dio a conocer esta iniciativa en el paquete económico fiscal para 2017, se propuso que iniciara vigor el 1ro de mayo de 2017. Esto con el fin de dar oportunidad a los contribuyentes de adaptar sus sistemas y procesos.
Para el día 23 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, la cual incluye las reglas anteriormente mencionadas y en el artículo transitorio. Encontramos que darán 2 meses más para iniciar con el proceso de cancelación a través del Buzón Tributario:
Trigésimo Sexto. Para los efectos del artículo 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF y Artículo Sexto, fracción I de las Disposiciones Transitorias del CFF publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2016, en relación con las reglas 2.7.1.38. y 2.7.1.39., serán aplicables a partir del 1 de julio de 2017.

Conclusión:

Esto sin duda va a generar mayor carga administrativa al departamento de facturación de las empresas. A continuación, les dejo algunas de las tareas que se crearán a partir de que entre en vigor esta obligación:
  • El Contador tendrá que estar al pendiente de los avisos del Buzón Tributario y remitir las solicitudes de cancelación al departamento correspondiente.
  • El Departamento de facturación deberá  hacerle llegar al Contador la información de los comprobantes que necesiten cancelar, para que el Contador envíe las solicitudes desde el Buzón Tributario.
  • Se deberá estar al pendiente de que el receptor del CFDI a cancelar contesta o no en un lapso de 72 horas.
  • En dado caso de que pasen las 72 horas sin respuesta por parte del receptor, deben de recabar la información necesaria para considerar el “CFDI Cancelado Sin Aceptación del Receptor.
  • Tienes alguna otra nueva tarea para el contribuyente? Coméntanos que piensas y contribuye a la Cultura Contable en México…
Te invito a suscribirte a este blog para que recibas artículos de utilidad como este y te mantengas actualizado en materia fiscal, contable y de seguridad social.

viernes, 9 de diciembre de 2016

Ahora el SAT quiere saber que vas a hacer con la factura que solicitaste

Ahora el SAT quiere saber que vas a hacer con la factura que solicitaste, se trata de un nuevo requisito obligatorio para la emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.
En el CFDI en su versión 3.3 a partir de 2017, se debe asignar la clave del uso que dará a esta factura el receptor del CFDI.

Catálogo de uso de comprobantes

Los comprobantes ahora tendrán el concepto de “UsoCFDI” el cual contendrá alguna de las siguientes claves:

G01Adquisición de mercancías
G02Devoluciones, descuentos o bonificaciones
G03Gastos en general
I01Construcciones
I02Mobiliario y equipo de oficina por inversiones
I03Equipo de transporte
I04Equipo de computo y accesorios
I05Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental
I06Comunicaciones telefónicas
I07Comunicaciones satelitales
I08Otra maquinaria y equipo
D01Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
D02Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
D03Gastos funerales.
D04Donativos.
D05Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación).
D06Aportaciones voluntarias al SAR.
D07Primas por seguros de gastos médicos.
D08Gastos de transportación escolar obligatoria.
D09Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones.
D10Pagos por servicios educativos (colegiaturas)
P01Por definir

Uso por tipo de Persona (física o moral)

El valor que se registre en este atributo debe aplicar para el tipo de persona del receptor, es decir, si el RFC tiene longitud de 12 posiciones, debe ser de persona moral y si tiene longitud de 13 posiciones debe ser de persona física.
Por ejemplo: Las deducciones personales como pago de colegiaturas, honorarios médicos, intereses reales efectivamente pagados, etc. No los podrá poner una Persona Moral y una Persona Física si.

martes, 29 de noviembre de 2016

CFDI´s se modernizan en 2017

CFDI´s se modernizan en 2017

25-nov-2016


La facturación electrónica en el 2017 se modernizará en tres fases: CFDI nómina, Comercio Exterior y complemento de recepción de pagos, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El administrador de Servicios Tributarios al Contribuyente, Pedro López Bernal, explicó que los cambios se realizarán gradualmente. El CFDI de nómina a partir del primero de enero del 2017 tendrá que cumplir con los cambios para que sean deducibles los salarios.

La parte de Comercio Exterior se tendrá al final del primer trimestre y la parte recepción de pagos para la recepción de pagos en junio, detalló el funcionario de la administración tributaria.

La información del CFDI de nómina deberá ser enviado al prestador de servicios para ser verificada que tienen la información correcta. En agosto de 2015, indicó que 573 mil patrones generaron nómina CFDI y 4.5 por ciento con un Registro Federal de Contribuyente (RFC) erróneo. “No tenemos información de que sean utilizados para evasión o pertenezcan a empresas fantasma”.

Al subir la información regresa información al validar el RFC con una I, inválida, V, valida y con EI, estructura incorrecta.

La actualización del CFDI de nómina para 2017 ofrece la posibilidad de registrar otros pagos que recibe el trabajador que no son parte de la nómina, pago en acciones o títulos, viáticos, etc. 

El administrador de Servicios Tributarios al Contribuyente, López Bernal, especificó que uno de los objetivos es tener una mejor fiscalización en el pago de la nómina y cómo se le paga a los empleados, es decir, a través de terceros con lo que se “podrá tener más información de las famosas empresas “outsourceras”. 

Además, indicó que los nuevos catálogos que tiene la actualización para el año entrante cuentan con una homologación de acuerdo a estándares internacionales. Un ejemplo es Aguascalientes que se abrevia AGU no AGS como se acostumbra actualmente, Ciudad de México, DIF, etc. “Estos catálogos serán base para los cambios en factura electrónica y contabilidad electrónica”, adelantó el funcionario del SAT. 

Recuerde que el próximo 29 de Noviembre en el WTC de la Ciudad de México se realizará la 
Expo Feria Nómina Digital 2017 en la que resolverán y mostrarán casos para ejemplificar las dudas de los contribuyentes.

martes, 22 de noviembre de 2016

Facturacion Electronica 2016

Punta Mix, musica de punta mezclada.

Estos datos deberás manejar en los recibos de nómina en 2017

Conoce cómo debes prepararte para el nuevo complemento de CFDI para nómina.

A partir del 1 de enero de 2017 los patrones tienen la obligación de expedir el nuevo complemento de recibo de pago de nómina del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en su versión 1.2.
Una comparativa técnica de la nueva versión y la anterior está disponible en la nota “”, publicada por Fiscalia el 5 de octubre de 2016.
Ahora bien, como patrones o como personal administrativo que ejecuta la nómina, es necesario conocer cuáles son los nuevos datos que deben manejarse en el sistema a efecto de cumplir adecuadamente con los requerimientos de esta nueva versión de recibo de nómina.
Los siguientes datos se manejarán ahora con base en catálogos. Son 15 catálogos de los cuales 9 son nuevos, 3 se modifican y 3 permanecen sin cambio:
Catálogo Contenido
Bancos Listado de bancos nacionales. Sigue sin incluir bancos internacionales, pero se adiciona la opción “NA”.
Estados Estados y territorios de México, Estados Unidos y Canadá. No se incluye la posibilidad de otros países.
Origen de recursos Dato para las entidades del sistema de coordinación fiscal, para identificar su los recursos son propios, federales o mixtos.
Periodicidad de pago Listado de períodos de pagos: Diario, semanal, quincenal, etc.
Régimen fiscal Tipo de régimen en el que se tributa: Régimen general, sueldos, arrendamiento, etc.
Tipo de contrato Tipos de contratación: Por tiempo indeterminado, por obra determinada, por temporada, sujeto a prueba, etc.
Tipo de deducción Listado de tipos de deducción: ISR, aportaciones, pensión alimenticia, etc.
Tipo de horas Tipo de horas extra: Dobles, triples o simples.
Tipo de incapacidad Tipos de incapacidad: Riesgo de trabajo, enfermedad general o maternidad.
Tipo de jornada Tipos de jornada: Diurna, nocturna, mixta, etc.
Tipo de nómina  Indicación sobre tipo de nómina: Ordinaria o extraordinaria
Tipo de otro pago Tipos para el nodo de “otros pagos”: Devolución de ISR, subsidio entregado o viáticos.
Tipo de precepción Listado con tipos de percepción: Sueldo, gratificación, PTU, premio, primas, etc.
Tipo de régimen Listado de regímenes de contratación: Sueldos, jubilados, pensionados, asimilados, otros.
Riesgo del puesto Listado con las clases de riesgo según Ley del Seguro Social: Clase I, II, III, IV y IV.

Los catálogos pueden ser descargados en archivo de Excel pulsando sobre este enlace.
Se deben considerar los siguientes cambios:
  • Las claves de RFC tanto de patrón como de trabajador son obligatorios, por lo que se sugiere que con anticipación se tramiten los RFC de los trabajadores que no se tengan a la fecha.
  • La autoridad validará que el RFC sea correcto y tenga registrada la obligación correspondiente.
  • Ya no se permitirán valores negativos
  • Los siguientes datos deben llenarse a detalle:
    • Indemnización
    • Jubilación, pensión o retiro
    • Acciones o títulos
    • Información de subcontratación laboral
    • Compensación de ISR con datos del saldo a favor
    • Subsidio causado
    • Trabajadores sindicalizados
    • Incapacidades
    • Horas extras
    • Otros pagos
También es importante mencionar que la declaración informativa de sueldos y salarios se presentará por última vez por el ejercicio 2016, en febrero de 2017. Por el ejercicio 2017 y posteriores no habrá obligación de presentar declaración informativa, pues los datos ya constarán en estos complementos de nómina.

ContafiscancunMX
Inf Fiscalia

lunes, 3 de octubre de 2016

Nuevos conceptos del CFDI de Nominas en 2017 – Complemento versión 1.2

cfdi-nomina-version-1-2 

El SAT anuncio el nuevo Complemento de CFDI Nomina en 2017 en su pagina de Internet. En este nuevo complemento se incluyen aun mas conceptos para la emisión de los CFDI de nomina a partir de 2017, ahora abarcara mas temas que inquietan al SAT.

El complemento para emitir los recibos de nomina en 2017 sera la versión 1.2, este complemento tendrá una nueva estructura y nuevos campos para llenar por parte de los patrones obligados.

Los principales cambios del CFDI de Nominas para 2017 que tiene esta nueva versión 1.2 son los siguientes:
  • CFDI de Nominas del Personal Subcontratado
  • CFDI Nominas y sus Características generales
  • CFDI de Nominas Deducciones
  • CFDI de Nominas por Acciones o Títulos
  • CFDI de Nominas Pagos por Jubilación, Pensión, Indemnización o Retiro
  • CFDI Nominas de Dependencias de Gobierno

CFDI de Nominas del Personal Subcontratado

El XML de Nominas para 2017 tendrá nuevos nodos y conceptos, entre los principales campos se encuentran los que tienen que llenar los que tengan a personal subcontratado. Estos campos seran obligatorios y deberan expresar los datos del personal subcontratado:
  • SubContratacion: Nodo condicional para expresar la lista de las personas que los subcontrataron.
  • RfcLabora: Atributo requerido para expresar el RFC de la persona que subcontrata.
  • PorcentajeTiempo: Atributo requerido para expresar el porcentaje del tiempo que prestó sus servicios con el RFC que lo subcontrata.

CFDI Nominas y sus Características generales

Se añaden mas datos generales a los CFDI de nominas, por ejemplo se tendrá que poner la cuenta bancaria a la que se le deposita al empleado. También se agrego el concepto de la CURP en dado caso de que el emisor sea persona física. A continuación les dejo alguno de los nuevos nodos y atributos generales del CFDI de Nominas:
  • Curp: Atributo condicional para expresar la CURP del emisor del comprobante de nómina cuando es una persona física.
  • RfcPatronOrigen: Atributo opcional para expresar el RFC de la persona que fungió como patrón cuando el pago al trabajador se realice a través de un tercero como vehículo o herramienta de pago.
  • CuentaBancaria: Atributo condicional para la expresión de la cuenta bancaria a 11 posiciones o número de teléfono celular a 10 posiciones o número de tarjeta de crédito, débito o servicios a 15 ó 16 posiciones o la CLABE a 18 posiciones o número de monedero electrónico, donde se realiza el depósito de nómina.
  • ClaveEntFed: Atributo requerido para expresar la clave de la entidad federativa en donde el receptor del recibo prestó el servicio, conforme al catálogo de estados publicado en el Portal del SAT.
  • TipoNomina: Atributo requerido para indicar el tipo de nómina, puede ser O= Nómina ordinaria o E= Nómina extraordinaria.
  • Versión: Atributo requerido para la expresión de la versión del complemento (1.2)
  • Receptor: Nodo requerido para precisar la información del contribuyente receptor del comprobante de nómina.

CFDI de Nominas Deducciones

Para las deducciones se añadió el atributo “Otras Deducciones” y se utilizara cuando el tipo de deducción sea distinto a las que señale el catalogo. También se incluyen los campos para indicar si recibió subsidio al empleo, compenso un saldo a favor, si cuenta con un remanente de saldo a favor, entre otros:
  • TotalOtrasDeducciones: Atributo condicional para expresar el total de deducciones que se relacionan en el comprobante, donde la clave de tipo de deducción sea distinta a la 002 correspondiente a ISR.
  • TotalImpuestosRetenidos: Atributo condicional para expresar el total de los impuestos federales retenidos, es decir, donde la clave de tipo de deducción sea 002 correspondiente a ISR.
  • OtrosPago: Nodo condicional para expresar otros pagos aplicables.
  • OtroPago: Nodo requerido para expresar la información detallada del otro pago.
  • SubsidioAlEmpleo: Nodo para expresar la información referente al subsidio al empleo del trabajador.
  • SubsidioCausado: Atributo para expresar el subsidio causado conforme a la tabla del subsidio para el empleo publicada en el Anexo 8 de la RMF vigente.
  • CompensacionSaldosAFavor: Nodo condicional para expresar la información referente a la compensación de saldos a favor de un trabajador.
  • SaldoAFavor: Atributo requerido para expresar el saldo a favor determinado por el patrón al trabajador en periodos o ejercicios anteriores.
  • Año: Atributo requerido para expresar el año en que se determinó el saldo a favor del trabajador por el patrón.
  • RemanenteSalFav: Atributo requerido para expresar el remanente del saldo a favor del trabajador.
  • TipoOtroPago: Atributo requerido para expresar la clave agrupadora bajo la cual se clasifica el otro pago conforme al catálogo publicado en el Portal del SAT en Internet.
  • Clave: Atributo requerido, representa la clave de otro pago de nómina propia de la contabilidad de cada patrón, puede conformarse desde 3 hasta 15 caracteres.
  • Concepto: Atributo requerido para la descripción del concepto de otro pago.
  • Importe: Atributo requerido para expresar el importe del concepto de otro pago.

CFDI de Nominas por Acciones o Títulos

Si se entregan ingresos por sueldos que provengan de acciones o títulos valor a los empleados, deberán especificar el valor de mercado y precio de los mismos:
  • AccionesOTitulos: Nodo condicional para expresar ingresos por acciones o títulos valor que representan bienes. Se vuelve requerido cuando existan ingresos por sueldos derivados de adquisición de acciones o títulos (Art. 94, fracción VII LISR).
  • ValorMercado: Atributo requerido para expresar el valor de mercado de las Acciones o Títulos valor al ejercer la opción.
  • PrecioAlOtorgarse: Atributo requerido para expresar el precio establecido al otorgarse la opción de ingresos en acciones o títulos valor.

https://www.facebook.com/facturacionelectronicacancun/app/251458316228/


CFDI de Nominas Pagos por Jubilación, Pensión, Indemnización o Retiro

Ahora los pagos por separación, jubilación, pensión, retiro o indemnización deberán de especificarse en el complemento de nominas versión 1.2:
  • JubilacionPensionRetiro: Nodo condicional para expresar la información detallada de pagos por jubilación, pensiones o haberes de retiro.
  • TotalUnaExhibicion: Atributo condicional que indica el monto total del pago cuando se realiza en una sola exhibición.
  • TotalParcialidad: Atributo condicional para expresar los ingresos totales por pago cuando se hace en parcialidades.
  • MontoDiario: Atributo condicional para expresar el monto diario percibido por jubilación, pensiones o haberes de retiro cuando se realiza en parcialidades.
  • IngresoAcumulable: Atributo requerido para expresar los ingresos acumulables.
  • IngresoNoAcumulable: Atributo requerido para expresar los ingresos no acumulables.
  • SeparacionIndemnizacion: Nodo condicional para expresar la información detallada de otros pagos por separación.
  • TotalPagado: Atributo requerido que indica el monto total del pago.
  • NumAñosServicio: Atributo requerido para expresar el número de años de servicio del trabajador. Se redondea al entero superior si la cifra contiene años y meses y hay más de 6 meses.
  • UltimoSueldoMensOrd: Atributo requerido que indica el último sueldo mensual ordinario.
  • IngresoAcumulable: Atributo requerido para expresar los ingresos acumulables.
  • IngresoNoAcumulable: Atributo requerido que indica los ingresos no acumulables.
  • TotalSueldos: Atributo condicional para expresar el total de percepciones brutas (gravadas y exentas) por sueldos y salarios y conceptos asimilados a salarios.
  • TotalSeparacionIndemnizacion: Atributo condicional para expresar el importe exento y gravado de las claves tipo percepción 022 Prima por Antigüedad, 023 Pagos por separación y 025 Indemnizaciones.
  • TotalJubilacionPensionRetiro: Atributo condicional para expresar el importe exento y gravado de las claves tipo percepción 039 Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en una exhibición y 044 Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en parcialidades.
  • TotalGravado: Atributo requerido para expresar el total de percepciones gravadas que se relacionan en el comprobante.
  • TotalExento: Atributo requerido para expresar el total de percepciones exentas que se relacionan en el comprobante.

CFDI Nominas de Dependencias de Gobierno

Ahora las dependencias de gobierno tendrán que emitir los CFDI de Nomina a partir de 2017 especificando el origen de sus recursos y el monto de dichos recursos:
  • EntidadSNCF: Nodo condicional para que las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal realicen la identificación del origen de los recursos utilizados en el pago de nómina del personal que presta o desempeña un servicio personal subordinado en las dependencias de la entidad federativa, del municipio o demarcación territorial de la Ciudad de México, así como en sus respectivos organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales.
  • OrigenRecurso: Atributo requerido para identificar el origen del recurso utilizado para el pago de nómina del personal que presta o desempeña un servicio personal subordinado o asimilado a salarios en las dependencias.
  • MontoRecursoPropio: Atributo condicional para expresar el monto del recurso pagado con cargo a sus participaciones u otros ingresos locales (importe bruto de los ingresos propios, es decir total de gravados y exentos), cuando el origen es mixto.
Puedes descargar la estructura del nuevo XML de los CFDI de Nomina versión 1.2 para 2017 desde el siguiente enlace:  nómina12.xsd – estructura